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lunes, 21 de noviembre de 2005

MOTU PROPRIO SOBRE LAS BASILICAS DE ASIS


CIUDAD DEL VATICANO, 19 NOV 2005 (VIS).-Benedicto XVI ha emanado con el Motu proprio "De Basilicis Sancti Francisci et Sanctae Mariae Angelorum" nuevas normas destinadas a las basílicas de San Francisco en Asís, confiada a la Orden de los Frailes Menores Franciscanos Conventuales, y de Santa María de los Ángeles, en la misma ciudad y de la que se ocupa la Orden Franciscana de los Frailes Menores.

El Papa recuerda la fama de la basílica de San Francisco "que custodia los restos del Seráfico Santo" y de Santa María de los Ángeles "que alberga la insigne y diminuta iglesia de la Porciúncula" y subraya que los "Romanos Pontífices han tenido siempre vínculos singulares y solicitud especial por estos dos templos mayores franciscanos (...) y hasta ahora han querido que estuviesen bajo su jurisdicción".

"A lo largo de los siglos -prosigue- los frailes conventuales y los frailes menores han mantenido vivo el espíritu y el carisma de San Francisco, difundiendo en el mundo entero su mensaje evangélico de paz, fraternidad y bien".

Para aunar de forma más eficaz las actividades que se desarrollan en ambas basílicas con la pastoral diocesana, regional y nacional, el Papa afirma que es "útil modificar la disciplina jurídica actual" que estableció Pablo VI, "actualizando las normas en función de las necesidades presentes".

Por lo tanto, Benedicto XVI establece que a las basílica de San Francisco y de Santa María de los Ángeles, con los conventos anejos, se asigne como legado suyo un cardenal, que "si bien no gozará de jurisdicción, tendrá la tarea de perpetuar con su autoridad moral los estrechos vínculos de comunión entre los lugares sagrados de la memoria del Pobrecillo y la Sede Apostólica" y "podrá impartir la bendición apostólica en las celebraciones que presidirá con motivo de las principales solemnidades litúrgicas".

El obispo de la diócesis de Asís-Nocera Umbra-Gualdo Tadino, tendrá a partir de ahora, establece el Papa, "la jurisdicción prevista por el derecho sobre las iglesias y las casas religiosas por cuanto se refiere a todas las actividades pastorales de los padres conventuales de la basílica de San Francisco y de los Frailes Menores de Santa María de los Ángeles".

"Los padres franciscanos conventuales y menores, para todas las iniciativas que tienen aspectos pastorales tendrán, por tanto, que pedir y obtener el consenso del obispo de Asís-Nocera Umbra-Gualdo Tadino", que "escuchará el parecer del Presidente de la Conferencia Episcopal Umbra (la región a la que pertenece Asís n.d.r) o de la Presidencia de la Conferencia Episcopal Italiana para las iniciativas de largo alcance".

"Por lo que se refiere a la celebración de los sacramentos en las mencionadas basílicas, son válidas las normas del Código de Derecho Canónico y las vigentes en la diócesis".

Benedicto XVI concluye el "Motu propio", fechado el 9 de noviembre, aniversario de la dedicación de la basílica de San Juan de Letrán, exhortando a "los Hijos de San Francisco, a quienes están confiadas las dos basílicas mencionadas, a atenerse con generosa disponibilidad a las normas expuestas en el "Motu Proprio" en espíritu de sincera comunión con el obispo de Asís-Nocera Umbra-Gualdo Tadino y, a través suyo, con la Conferencia episcopal regional y con la nacional".
MP/BASILICAS ASIS/... VIS 20051121 (560)

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