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martes, 12 de mayo de 2009

INDULGENCIA PLENARIA CON MOTIVO DEL AÑO SACERDOTAL


CIUDAD DEL VATICANO, 12 MAY 2009 (VIS).-Benedicto XVI concederá a los sacerdotes y fieles la indulgencia plenaria con motivo del Año Sacerdotal (19 de junio 2009 -19 junio 2010) convocado en honor de San Juan María Vianney, según informa el decreto hecho público hoy y firmado por el cardenal James Francis Stafford y el obispo Gianfranco Girotti, O.F.M. Conv., respectivamente Penitenciario Mayor y Regente de la Penitenciaría Apostólica.

  El período comenzará con la solemnidad del Sagrado Corazón de Jesús, "jornada  de santificación sacerdotal" -dice el texto- cuando el pontífice celebrará las Vísperas ante las reliquias del santo traídas a Roma por el obispo de Belley-Ars y concluirá en la Plaza de San Pedro en presencia de sacerdotes de todo el mundo, que "renovarán la fidelidad a Cristo y el vínculo de fraternidad".

  Las modalidades para la obtención de las indulgencias son:

A) A los sacerdotes, arrepentidos de corazón, que recen cualquier día las laúdes o vísperas ante el Santísimo Sacramento expuesto a la adoración pública o en el sagrario y se ofrezcan (...) a la celebración de los sacramentos, sobre todo de la Confesión, se concederá Indulgencia plenaria aplicable a los hermanos en el sacerdocio difuntos como sufragio, si en conformidad con las disposiciones vigentes se confesarán sacramentalmente, comulgarán y rezarán por las intenciones del pontífice. También se concede Indulgencia parcial, siempre aplicable a los hermanos en el sacerdocio difuntos, cada vez que recen oraciones debidamente aprobadas para llevar una vida santa y cumplir los oficios que se les han confiado.
 
 B) A los fieles cristianos, arrepentidos de corazón que, en la  iglesia o en el oratorio asistan a la Santa Misa y ofrezcan por los sacerdotes de la Iglesia oraciones a Jesucristo, Sumo y Eterno Sacerdote y cualquier obra buena cumplida se les concede Indulgencia plenaria, siempre que se hayan confesado sacramentalmente  y recen por las intenciones del Papa los días en que se abre y se clausura el Año sacerdotal, en el día del 150 aniversario de la muerte de San Juan María Vianney, los primeros jueves del mes o cualquier otro día establecido por los Ordinarios de los lugares para la utilidad de los fieles".

  Los ancianos, los enfermos y todos aquellos que por motivos legítimos no puedan salir de casa, podrán obtener la Indulgencia plenaria, si con ánimo alejado del pecado y el propósito de cumplir las tres condiciones necesarias apenas les sea posible, "en los días indicados rezan por la santificación de los sacerdotes y ofrecen a Dios por medio de María , Reina de los Apóstoles, sus  enfermedades  y sufrimientos".

  Asimismo se concede la Indulgencia parcial a todos los fieles cada vez que recen cinco Padrenuestros, Ave Marías y Glorias, y otra oración debidamente aprobada "en honor del Sagrado Corazón de Jesús para que los sacerdotes se conserven en pureza y santidad de vida". 
PENT/DECRETO INDULGENCIA/AÑO SACERDOTAL       VIS 20090512 (490)

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